ESTA — Programa de Exención de Visado · Estados Unidos
Autorización previa para viajar al amparo del programa de exención de visado, hasta 90 días.
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Responda unas preguntas, añada sus documentos y siga su expediente desde su cuenta.
Desde84,99 $por viajeroEstimación orientativa · tasas por verificar
Tres pasos
- Describa su viaje y sus viajeros
- Añada los documentos indicados para su perfil
- Revise su expediente y siga su estado
Lo que obtiene
- Formulario guiado, guardado sobre la marcha
- Lista de documentos adaptada a su perfil
- Precio detallado antes de cualquier compromiso
- Seguimiento del expediente en su cuenta
El presupuesto detallará las tasas oficiales y la asistencia tras revisar el perfil de cada viajero.
Servicio privado independiente. Solo la autoridad decide sobre la expedición y la entrada. No se cobra ningún pago real en esta fase.
Autorización electrónica de viaje
Una autorización electrónica puede ser un requisito previo al viaje para determinados viajeros. No es intercambiable con un visado.
- Entender este documento
- ESTA — Programa de Exención de Visado
- Destino
- Estados Unidos
Fuentes y estado de revisión
Fecha de revisión registrada; las normas vigentes aún deben confirmarse.
Las fechas describen un registro editorial, no una comprobación en directo ni una validez legal. La revisión vence a los 90 días; las normas pueden cambiar antes. Abra la fuente enlazada antes de fiarse de esta guía.
Fecha de revisión registrada
- Département d’État américain — Visa Waiver Program
Fecha de revisión registrada:
Fecha de revisión registrada; las normas vigentes aún deben confirmarse.
Compruebe el alcance de la fuente en cuanto a pasaporte, residencia, motivo de viaje y territorio; este enlace por sí solo no establece que cubra su caso.
Pasaportes citados expresamente en esta fuente
Es el alcance registrado en la fuente, no una lista completa de nacionalidades elegibles ni una decisión sobre su elegibilidad.
- Andorra
- Australia
- Austria
- Bélgica
- Brunéi
- Chile
- Croacia
- Chequia
- Dinamarca
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Grecia
- Hungría
- Islandia
- Irlanda
- Israel
- Italia
- Japón
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Malta
- Mónaco
- Países Bajos
- Nueva Zelanda
- Noruega
- Polonia
- Portugal
- Catar
- San Marino
- Singapur
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Corea del Sur
- España
- Suecia
- Suiza
Estancia máxima registrada: 90 días
Esta cifra figura en la guía. Confirme con la autoridad el límite vigente, el método de cómputo, las condiciones de entrada y las excepciones; no es un derecho personal.
Motivos de viaje registrados en esta fuente
Los motivos indicados no otorgan permiso para trabajar ni para realizar otras actividades.
- Turismo
- Negocios
- Tránsito
Preparar y verificar
- Compruebe si su pasaporte, su viaje y sus escalas entran en el régimen oficial de autorización.
- Solicítela por el canal oficial cuando sea necesaria y confirme la decisión, la vinculación al pasaporte y la validez antes de viajar.
Sus próximas comprobaciones
- Anote el pasaporte que utilizará y su tipo, su país de residencia y sus actividades previstas. La residencia y el idioma de la interfaz no sustituyen a la nacionalidad del pasaporte.
- Enumere fechas de llegada y salida, escalas y puntos de entrada. Compruebe cada tramo por separado, incluido si pasa por inmigración en tránsito.
- Abra las instrucciones oficiales para ese perfil. Registre los documentos exigidos, el plazo de presentación, las tasas y las indicaciones de tramitación; marque como pendiente todo lo que la fuente no confirme.
- Si una condición no está clara, contacte con la autoridad competente indicando país del pasaporte, residencia, motivo y fechas. Vuelva a comprobar antes de salir y tras cualquier cambio de pasaporte o itinerario.
¿Qué más debo saber?
Una autorización no garantiza el embarque ni la entrada. Un pasaporte nuevo o un cambio de circunstancias puede exigir una nueva solicitud; consulte las normas del régimen.
Traducción automática. Prevalece la fuente de la autoridad oficial.
Quién puede solicitarlo
Se requieren una nacionalidad participante y un pasaporte electrónico, además de cumplir todas las condiciones del VWP. Determinados antecedentes de viaje, dobles nacionalidades o denegaciones pueden hacer necesario un visado.
Preparar y verificar
- Compruebe las condiciones y exclusiones del VWP en el sitio oficial.
- Presente la solicitud ESTA con el pasaporte que utilizará para viajar y compruebe su estado antes de salir.
- Presencia en Cuba desde el 12 de enero de 2021, o en Corea del Norte, Irán, Irak, Libia, Somalia, Sudán, Siria o Yemen desde el 1 de marzo de 2011: exclusión del VWP, salvo excepciones diplomáticas o militares limitadas.
- Doble nacionalidad cubana, norcoreana, iraní, iraquí, sudanesa o siria: exclusión del VWP. Compruebe también las denegaciones anteriores, la compañía de transporte y las demás condiciones del programa.
- Siguen siendo obligatorios un pasaporte electrónico conforme a las normas de la OACI y una ESTA aprobada: la coincidencia de nacionalidad no basta. Reino Unido: se requiere derecho de residencia permanente sin restricciones; Taiwán: compruebe las condiciones documentales. Estos dos casos quedan fuera de la correspondencia automática.
- La ESTA no garantiza la admisión. El VWP no permite trabajar ni establecerse en el país.
Fuentes oficiales
Las recomendaciones de un gobierno extranjero pueden estar dirigidas a sus propios nacionales. Consulte los requisitos de la autoridad del destino para su pasaporte y circunstancias; un aviso no es una decisión universal de elegibilidad.
- travel.state.gov ↗Fuente comprobada el 2026-09-28
